viernes, 3 de junio de 2016

Régimen Simplificado no esta obligado a facturar

Las personas naturales que pertenecen al régimen simplificado en el impuesto a las ventas no están obligadas a facturar.
Por regla general todo comerciante debe expedir factura, pero para efectos tributarios, la ley consideró que las persona naturales responsables del régimen simplificado no están en la obligación de expedir factura.

Así lo dispuso de forma taxativa el artículo 2 del decreto 1001 de abril 8 de 1997:

Documento equivalente:

Documento de soporte que remplaza la factura.

  • Tiquete de maquina registradora.
  • Boletas de ingresos a espectáculos públicos.



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